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Constitución y estructura

Qué necesitas tener listo antes de ir al notario a constituir tu SL

📅 8 de enero de 2025 ⏱ 5 min de lectura

La cita con el notario es el momento en que todo tiene que estar resuelto. No es el momento de decidir quién va a ser administrador, ni de debatir el reparto de participaciones, ni de improvisar el objeto social. Todo eso debe estar cerrado antes.

Esta es la lista completa de lo que necesitas tener preparado, dividida entre decisiones que debes haber tomado y documentos que debes llevar físicamente.

Las decisiones previas (que no se pueden improvisar)

1. El nombre de la sociedad (denominación social aprobada)

El notario solo puede otorgar la escritura con una certificación negativa de denominación social vigente, emitida por el Registro Mercantil Central. Esta certificación acredita que el nombre está disponible y reservado a tu nombre durante seis meses.

Si llegas al notario sin ella, no hay escritura ese día. Tarda entre 1 y 2 días laborables y cuesta ~16€.

2. El domicilio social

La sociedad necesita un domicilio en territorio español para su inscripción. Puede ser:

No es necesario que sea la dirección definitiva. Cambiar el domicilio social después es una de las modificaciones de estatutos más sencillas.

3. Los socios, sus participaciones y sus aportaciones

Necesitas tener cerrado:

Atención con el capital: el mínimo legal son 3.000€ y debe estar desembolsado íntegramente en el momento de la constitución —a diferencia de lo que ocurría antes de la reforma de 2023. El certificado bancario de ingreso es obligatorio.

4. El administrador (o administradores)

Debes decidir antes de la escritura:

5. El objeto social

Lo que hace la empresa, redactado en los estatutos. No es el mismo que el CNAE ni el epígrafe del IAE. Es la descripción jurídica de las actividades que la sociedad puede llevar a cabo.

Un objeto social bien redactado es amplio, coherente y cubre actividades actuales y previsibles. Uno mal redactado te obliga a modificar estatutos cuando la empresa evoluciona.

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Los documentos que debes llevar al notario

Consejo práctico: llama a la notaría el día anterior para confirmar que tienes todo. Cada notario puede tener pequeñas variaciones en lo que pide, especialmente si hay socios extranjeros o personas jurídicas.

Lo que NO necesitas llevar (que mucha gente cree que sí)

¿Quién prepara los estatutos que llevas al notario?

Técnicamente, el notario puede redactar los estatutos. En la práctica, si llevas los estatutos ya preparados por un abogado, el proceso es más rápido, más barato y el resultado es mejor.

Un notario redacta estatutos estándar. Un abogado especializado redacta estatutos adaptados a tu estructura societaria concreta, con las cláusulas que protegen tus intereses.

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